Amanece y doña Irene, una mujer de un barrio popular de cualquier ciudad Colombiana, se dispone a ir por segunda vez al juzgado de familia a demandar de nuevo al irresponsable de su "yerno". Esta mujer de 60 años tiene a su cargo su nieta, una niña de 10 años, 5 años atrás una enfermedad degenerativa le quitó la vida a su hija y pues la niña quedó en la casa. Doña Irene como muchas otras abuelas de este país asumió sacar adelante a su nieta, sin saber cómo puesto sufre de artitritis y no tiene un ingreso económico estable, recibe ayuda de sus otros hijos y con la tenacidad y valor de su corazón hace lo que puede para darle lo mejor a su nieta. En frente de su casa, ve como el padre de su nieta llega todas las noches de jornalear, el trabajo de cotero es duro, pero alcanza para la borrachera del fin de semana, la ropa, el transporte, la comida diaria y el aporte en la casa de la mamá. Así ve doña Irene el transcurrir de los días sin que aquel hombre se digne arrimar a su casa y al menos preguntar como esta la niña, pasa toda la semana y al fin un sábado en la tarde arrima para compartir el tiempo de verse una película con su hija, y darle $5,000 mil pesos para que compre unas cartulinas para la escuela, así pasa de nuevo otro mes.
Ella, doña Irene, ha hablado varias veces con el padre de su nieta sobre sus obligaciones, sobre lo duro que le toca para mantener en condiciones dignas a su nieta, ya no alcanza a contar cuantas veces ha tratado de encontrar acuerdos. Así un día de septiembre decide demandarlo de nuevo, pensó que sería lo mejor, la primera vez el escarmiento funcionó, los $80,000 mil pesos mensuales se vieron durante tres meses, luego nada, "no tengo trabajo, la situación esta dura" dijo el padre ante el juez por segunda vez, entre argumento y argumento se cumple la ley, hay dos opciones, el hombre podría ir a la cárcel o acordar pagar una cuota de alimentación menor, ahora ya no está obligado a dar $80,000 mil pesos sino $50,000 mensuales los cuales pueden ser en varias cuotas o abonos.
Doña Irene una mujer de 60 años con artrittis y sin ingresos propios, recibe de sus hijos $450,000 pesos mensuales para vivir (eso es menos del salario mínimo en su país), con ello paga la comida, los servicios públicos, la televisión, el transporte y compra sus medicamentos, además, le debe alcanzar para los útiles escolares de su nieta y para la porción de jugo y fruta del recreo en el mejor de los casos, en general un pan con café, trata de darle lo mejor que puede a su nieta, afortunadamente hace un año y medio recibió una casa de 50 mts2 en obra rústica, ya que el rancho de bareque donde vivía iba a colapsar, eso le da al menos una tranquilidad.
Doña Irene, no tiene derecho de argumentar ante el juez su condición, lo duro que le toca porque eso implicaría que le quiten a su nieta y la envíen a bienestar familiar, eso es algo que jamás permitiría mientras viva, ella como abuela y ahora como madre busca como sea los medios para vivir, no puede quejarse por el dolor de su artitris, ni decir que no tiene trabajo, su nieta debe comer e ir a la escuela todos los días. Ella como la mayoría de mujeres de este país asume a su nieta como hija en lo económico, educativo, emocional y afectivo, ella sabe que $50,000 pesos no alcanzan ni para pagar los servicios públicos, pero acepta la conciliación en el juzgado de familia porque mejor eso que nada, siente un sin sabor, siente decepción, sin embargo, levanta su cara al frente y camina "toca seguir adelante, ahi de algún modo saldremos adelante" dice al salir del juzgado.
Esta es otra historia, una de las tantas que se ven a diario en los juzgados de familia de mi país, ante ello solo me queda por decir: Esa es la protección de la ley a los infantes, esa es la concepción cultural de responsabilidad paterna, porque al final de cuentas los hijos son de la mamá.
Maria Fernanda Enriquez S.
Lic en Ciencias Naturales y Educación Ambiental
Universidad del Valle-Cali-Colombia
Integrante colectivo Mujeres CONciencia
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Lic en Ciencias Naturales y Educación Ambiental
Universidad del Valle-Cali-Colombia
Integrante colectivo Mujeres CONciencia
La denuncia de un fiscal experto
Reparos a ley de inasistencia alimentaria
Por: Norbey Quevedo H.
La historia de cómo una ley que se aprobó esta semana
para fortalecer el castigo a padres irresponsables puede terminar en el aire.
La violencia intrafamiliar y la
inasistencia alimentaria está tipificada en los artículos 229 y 233 del Código
Penal. / 123rf
A mediados de esta semana, cuando los parlamentarios
aprobaban la bochornosa reforma a la justicia, un grupo de sus colegas
convertía en ley una loable iniciativa. Los congresistas determinaron que los
delitos de violencia intrafamiliar e inasistencia alimentaria dejaron de ser
querellables. Esto en la práctica significa que cualquier persona, además de la
víctima, que conozca de estos punibles los puede denunciar y el proceso no debe
terminar por conciliación o desestimiento, sino por decisión de la justicia.
En el tema de la violencia intrafamiliar, que hastía con
casos y cifras que superaron los 100.000 el año pasado y que tiene penas
privativas de la libertad para los agresores de entre 4 y 8 años, más los
aumentos previstos en la norma, con la nueva ley dejó satisfechos a todos. Sin embargo,
frente a lo aprobado dentro de la misma norma en materia de inasistencia
alimentaria surgieron serios cuestionamientos. Un experto en el tema, el fiscal
seccional de Bogotá Gabriel Niño Niño, el funcionario de mayor conocimiento en
la materia producto de 18 años de trabajo en el interior del ente acusador, la
mayoría en esta problemática, puso el dedo en la llaga.
Con cifras en mano, recopiladas en la Fiscalía, Niño
documentó que sólo en Bogotá se reportaron el año pasado 25.365 casos de
inasistencia alimentaria. Y entre enero y mayo de este año la cifra ya llegó a
10.645 procesos. En suma, las estadísticas muestran que los casos de la capital
representan entre el 35 y el 40% del total a nivel nacional y lo que es peor
para la administración de justicia, en la mayoría de los despachos de fiscales
más de la mitad de su labor corresponde a este tipo de procesos.
De allí su máxima preocupación, ya que si los despachos de
los fiscales se pueden descongestionar resolviendo este tipo de casos con
medidas previas de apoyo y acompañamiento social más que punitivas, los
fiscales locales e investigadores judiciales se pueden dedicar y ser más
eficientes en la indagación y acusación de otros delitos que afectan
sensiblemente al ciudadano, como las lesiones personales, la estafa, el
homicidio o el hurto.
Por esto argumenta el fiscal Niño que con la aprobación de
la nueva ley con delitos no querellables, como la inasistencia alimentaria, las
posibilidades de que se termine con una condena si antes eran reducidas ahora
serán ínfimas: la razón es que ahora estos procesos deben seguir investigándose
de oficio, olvidando de tajo el componente social.
Esta ley fue promovida por 15 congresistas de la Bancada de
Mujeres del Congreso y señala el informe de ponencia elaborado el 9 de
noviembre de 2011 que: “Las autoridades investigarán de oficio en todos los
casos en que se tenga conocimiento de la comisión de conductas relacionadas con
la violencia intrafamiliar y la inasistencia alimentaria.
Según la experiencia del fiscal Niño, en promedio el proceso
de investigación de un caso dura entre uno y dos años, y en un período tan
largo es muy difícil obtener la prueba de que existió un delito, en razón a que
impera la lógica y la mayoría de los denunciados son personas de escasos
recursos económicos. “Muchas veces es un esfuerzo largo e innecesario de cada
fiscal que termina en el archivo, porque es evidente que no se configura
delito”.
La realidad en las fiscalías locales hoy es dramática. Los
despachos están atiborrados de estos procesos. Las denuncias contra el latonero
William Alejandro Laverde; el mecánico Darío García; el ayudante de un carro
que vende gas Misael Ordóñez; el operario de una fábrica de calzado Oswaldo
Páramo, o el licenciado en educación física José Padilla, por citar una pequeña
muestra de progenitores en problemas, han tenido el mismo tratamiento y
resultado similar.
Fueron denunciados ante la Fiscalía. Cerca de dos meses
después se citaron a audiencia de conciliación. No todos cumplieron. Los
volvieron a hacer comparecer. Luego firmaron un acuerdo conciliatorio en donde
se comprometieron a dar un dinero mensual, en promedio, de $100 mil para el
sustento de los menores. Con ello el caso se archivó.
Pero sucedió lo que ya es casi una costumbre. Pasaron varios
meses y las madres de los menores regresaron a la Fiscalía para denunciar el
incumplimiento del acuerdo firmado por los progenitores referidos. Con una
sorpresa, como hubo conciliación fueron archivados. Un asunto que obligó a las
afectadas a interponer una nueva denuncia en la Fiscalía. Por eso los casos
entran en un círculo vicioso sin solución. Basta revisar los despachos de los
fiscales adscritos a las Unidades Locales, cada funcionario tiene entre 500 y
700 casos y de ellos más de la mitad corresponden a inasistencia alimentaria.
No obstante, la propuesta estructurada por el fiscal Niño
parte de la premisa de que la gran mayoría de estos casos tiene como génesis la
pobreza y en un 98% la madre es quien asume el cuidado del menor. Por eso su
quijotesca iniciativa parte de la base que luego de conocida la denuncia, se
debe conformar un equipo interdisciplinario integrado por un médico pediatra,
un psicólogo y un trabajador social adscrito a las Salas de Atención al Usuario
de la Fiscalía, para determinar la situación integral del menor afectado.
Posteriormente, se debe efectuar una visita o entrevista al
padre denunciado. Luego verificar su condición social, económica y laboral. Y a
partir de allí definir si tiene capacidad económica, en la cual se seguiría con
el proceso penal. De lo contrario, como sucede generalmente, el caso se debe
archivar y de inmediato convocar al ICBF para que brinde asistencia al menor
afectado.
Según el fiscal Niño, implementar su idea tiene un bajo
costo, se puede hacer en 45 días, descongestionaría los despachos de los
fiscales, pero sobre todo se garantizarían los derechos de los menores, un
asunto que al parecer no se tuvo muy en cuenta a la hora de aprobar la ley que
determinó que los delitos de violencia familiar e inasistencia alimentaria son
querellables.
Una sencilla iniciativa que no cuajó
El 25 de enero de 2012 el presidente Juan Manuel Santos
lanzó el programa “Reto por la Eficiencia”. Mediante la iniciativa, el primer
mandatario buscó el concurso de los servidores públicos con el fin de que éstos
aportaran ideas con el propósito de mejorar, simplificar o eliminar
procedimientos internos que dificultaran la eficiencia laboral en el servicio
público.
En el marco de la política antitrámites se establecieron
tres categorías y se anunciaron estímulos a los ganadores. “Queremos encontrar
soluciones sencillas para hacer un gobierno más eficiente”, señaló Santos. Con
base en la convocatoria, el fiscal Gabriel Niño presentó su iniciativa de
reingeniería a los casos de inasistencia alimentaria. Cuenta Niño que
independientemente de que la iniciativa ganara o no, todas fueron expuestas
públicamente para el conocimiento de los ciudadanos en la web. Sin embargo,
dice que la suya ni siquiera fue considerada para exponer. La convocatoria cerró
el 4 de junio.
Sección investigación periódico Elespectador.com ( 23
Jun 2012 - 9:00 pm)